AVEDA

MIEMBROS

De conformidad con el artículo 5 de los estatutos de la Asociación, los miembros de AVEDA se clasifican en fundadores, ordinarios, especiales, honorarios y correspondientes.

MIEMBROS FUNDADORES

“Son miembros fundadores de la asociación las personas que suscribieron inicialmente el documento de constitución original de la Asociación Venezolana de Derecho Administrativo y Ciencias de la Administración el 17 de mayo de 1968, los cuales cuentan con los mismos deberes y derechos que los miembros ordinarios” (artículo 6 de los estatutos). Ellos son:

MIEMBROS HONORARIOS

Son miembros honorarios de la Asociación los juristas que sean designados como tales por el Consejo Directivo, en virtud de su excepcional trayectoria en el Derecho Administrativo (artículo 9)

Araujo-Juárez, José

Caballero Ortiz, Jesús

Calcaño de Temeltas, Josefina (†)

Duque Corredor, Roman J. (†)

Giannini, Massimo Severo (†)

Peña Solis, José

Gabriel-Ruan-Santos-432x539

Ruan Santos, Gabriel

Sosa Gómez, Cecilia

Udaneta gustavo

Urdaneta,
Gustavo

MIEMBROS ORDINARIOS

Son miembros ordinarios los profesionales que, presentado aval de al menos tres miembros ordinarios de la Asociación distintos a los integrantes del Consejo Directivo, sean admitidos formalmente demostrando el cumplimiento de los siguientes requisitos acumulativos:
  1. Que hayan obtenido el título Doctor, Magister o especialista en Derecho Administrativo, o bien que hayan obtenido tales grados superando una carga académica compuesta fundamentalmente por asignaturas de Derecho Administrativo, debiendo acreditar tal condición mediante título conferido a nivel de postgrado por una universidad nacional o extranjera, a juicio del Consejo Directivo.

  2. Que a satisfacción del Consejo Directivo, acrediten haberse desempeñado en cualquiera de las siguientes actividades: a. Labores docentes o de investigación a nivel universitario, en el área del Derecho Administrativo, por al menos dos años. b. Cargos en Tribunales que formen parte del orden jurisdiccional contencioso administrativo, o en Tribunales especiales que tengan atribuidas competencias para la solución de controversias en el campo del Derecho Administrativo, por al menos tres años. c. Ejercicio profesional desarrollado fundamentalmente en el área del Derecho Administrativo, por al menos cinco años (artículo 7 de los Estatutos)

Aguerrevere, Dolores

Louza Scognamiglio, Laura

Alfonzo Paradisi, Juan Domingo

Leañez, Federico

Alvarez Chamosa, Maria Lidia

Linares Benzo, Gustavo

Álvarez Iragorry, Andrés Alberto

Matheus Hidalgo, Mayerling

Andueza, Luis Ernesto

Mónaco, Miguel

Araujo, Ana Elvira

Monagas, Alicia

Ayala Corao, Carlos

Muci, José Antonio

Badell Benítez, Nicolás

Nikken, Claudia

Badell Madrid, Rafael

Orlando S., Freddy J.

Balzán, Juan Carlos

Ortiz Álvarez, Luis

Balasso, Caterina

Paredes, Iván

Belandria García,  José Rafael

Parés Salas, Alfredo

Blanco-Uribe Quintero, Alberto

Pasceri, Pier Paolo

Boscán de Ruesta,  Isabel

Paz, Francisco

Canónico Sarabia, Alejandro

Pellegrino, Cosimina

Canova, Antonio

Peña Colmenares, Nélida

Carrillo Artiles, Carlos Luis

Pérez Salazar, Gonzalo

Castillo, José Luis

Pernía Reyes, Mauricio

Chavero Gazdick, Rafael

Pesci-Feltri, Flavia

Correa, María Alejandra

Pinto D´Ascoli, Alexis

Daniels, Alí

Ramirez Landaeta, Belén

Delgado Rivas, Fernando Javier

Reverón Boulton, Carlos

Escudero, Margarita

Rocha, Perkins

Espinoza, Alexander

Rodríguez García, Armando

Fernández, Gerardo

Rodríguez, Ninoska

Ferrer, Leonel Alfonso

Rojas Pérez, Manuel

Fraga Pittaluga, Luis

Rondón, Maibí

Gallotti Urbano, Alejandro

Rosales Gutiérrez, Jean Denis

García Soto, Carlos

Rosas Rivero, Daniel

Garrido Lingg, Álvaro

Rossito, Giuseppe

Ghazzaoui, Ramsis

Ruggeri, Ana Maria

Gibbs Hidalgo, Darrin Jesús

Silva Aranguren, Antonio

González, José Valentin

Silva Bocaney, José Gregorio

González Betancourt, Gina

Sira, Gabriel

Gonzalez de Kancev, Juli

Suárez Mejías, Jorge Luis

González Lobato, Eglée

Subero Mujica, Mauricio

Grau, María Amparo

Toro, María Elena

Grau Fortoul, Gustavo

Torrealba, José Gregorio

Grisanti, Rosibel

Trias Bertorelli, Diana

Hernández, José Ignacio

Trujillo, Gabriel

Hernandez Machado, Wilmer (†)

Turuhpial Cariello, Héctor

Herrera Maldonado, Carlos Eduardo

Ugas Martínez, Cira Elena

Herrera Orellana, Luis Alfonso

Urosa, Daniela

Iribarren Monteverde, Henrique (†)

Vidal Colorado, Ana Irene

Kiriakidis, Jorge

Villegas, José Luis

Lanzillotta Girán, Gianni

Vivas Roso, Jessica

Leal Wilhem,  Salvador

Wills Rivera,  Lourdes

Loreto González, Irene

 

 

MIEMBROS ESPECIALES

Son miembros especiales los profesionales universitarios dedicados al área del Derecho Administrativo que cumplan con los siguientes requisitos acumulativos:
  1. Que acrediten estar cursando estudios universitarios a nivel de postgrado en el área del Derecho Administrativo.

  2. Que sin haber alcanzado los tiempos previstos en el número 2 del artículo 7 de estos estatutos, estén dedicados al desarrollo de cualesquiera de las actividades descritas en dicho numeral (artículo 8 de los estatutos)

MIEMBROS CORRESPONDIENTES

Son miembros correspondientes los profesionales del Derecho y de otras profesiones universitarias especializados en Derecho Administrativo, que siendo miembros de Asociaciones extranjeras similares, sean propuestos por dos miembros ordinarios y aceptados por la Asamblea, previa acreditación del cumplimiento de este requisito (artículo 10 de los estatutos).