AVEDA


Presentación del Libro Homenaje al Dr. Jesús Caballero Ortiz

04 de agosto 2022

Dr. Rafael Badell Madrid

Segundo vicepresidente de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales

Me complace mucho haber participado, en representación de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales,  junto con los profesores Belén Ramírez Landaeta, Gustavo Urdaneta Troconis, Antonio Silva Aranguren, Gonzalo Pérez Salazar y Carlos Carrillo Artiles, en la coordinación de esta importante publicación que se hace conjuntamente con la Fundación Estudios de Derecho Administrativo (FUNEDA) y con el Instituto de Derecho Público, en homenaje al notable jurista venezolano, Jesús Caballero Ortiz, con ocasión de sus 80° aniversario de vida, lo que me da la oportunidad de manifestar, una vez más, mi admiración y aprecio por este gran jurista.

Jesús Caballero Ortiz tiene una importancia muy especial dentro del derecho público venezolano. Por más de cinco décadas ha sido un profesor emblemático en la Universidad Central de Venezuela, tanto en los estudios de pregrado como en postgrado. También ha sido un factor fundamental en el Instituto de Derecho Público de la misma Universidad Central de Venezuela, del cual fue su director.  Además, es autor de una importante obra escrita, que es referencia obligada para estudiantes, profesores, investigadores y para la comunidad jurídica en general.

El gran talento y probidad de Jesús Caballero Ortiz le permitió no sólo hacer vida académica, sino que además le llevó a ocupar importantes cargos, como el de Magistrado del Consejo de la Judicatura y Magistrado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, llegando a presidir ambas instituciones. Desde su posición de Magistrado de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo contribuyó de manera extraordinaria a la construcción de una muy importante línea jurisprudencial a favor de la evolución del régimen de control del poder público, del Estado de derecho y del derecho procesal administrativo.

La obra que con mucho orgullo presentamos hoy cuenta está dividida en cinco secciones: (i) Fundamentos Políticos, Filosóficos y Constitucionales; (ii) Organización Administrativa; (iii) Actividad Administrativa, Función Pública; (iv) Rama Judicial y (v) Derecho Tributario.    Cada una de esas secciones se nutre de los interesantes estudios de los profesores Cecilia Sosa Gómez, Ana Elvira Araujo, Jorge Kiriakidis, Asdrúbal Aguiar Aranguren, Henrique Meier Echeverria, Luis Herrera Orellana, Carlos García Soto, José Peña Solís, Allan Brewer-Carías, José Ignacio Hernández, Armando Rodríguez García, Gabriel Sira, José Araujo Juárez, María Amparo Grau, Alejandro Canónico, Cosimina Pellegrino, Irene Loreto, Manuel Rojas Pérez, Nicolás Badell, Rosibel Grisanti, José Antonio Muci, Carlos Luis Carrillo Artiles, Alejandro Fuenmayor, Adolfo Hobaica, Gabriel Ruan Santos, Luis Fraga Pittaluga, José Gregorio Torrealba, Humberto Romero-Muci y mi persona.

La primera sección sobre Fundamentos Políticos, Filosóficos y Constitucionales cuenta con el valioso aporte de la Dra. Cecilia Sosa Gómez, Individuo de Número de esta Academia de Ciencias Políticas y Sociales, profesora en varias universidades venezolanas y una jurista de reconocida trayectoria en la carrera judicial, con un estudio titulado Recomponer a Venezuela: Una visión político-jurídica en el que concluye que ante una serie de problemas económicos, jurídicos y políticos debe plantearse una hoja de ruta para volver a encaminarnos hacia una democracia moderna.

Ana Elvira Araujo García, profesora de derecho administrativo en la Universidad Central de Venezuela y colaboradora especial por el Estado Zulia de esta Corporación, realizó un estudio muy importante y denso titulado Un proyecto de reforma constitucional (agosto a noviembre de 2007) y Venezuela en 2021, donde analiza el inconstitucional intento de reforma constitucional del año 2007.

También colaboró en esta sección Jorge Kiriakidis, especialista en Derecho Administrativo por la Universidad de París II y profesor de postgrado en la Universidad Católica Andrés Bello y en la Universidad Monteávila, con un estudio titulado Una mirada crítica al “federalismo cooperativo” de la constitución venezolana de 1999, que se desarrolla bajo interrogantes como ¿Qué se entiende por federalismo cooperativo? y ¿Desarrolla la Constitución nacional un Estado federal cooperativo?, que finaliza con la propuesta de replantar el sistema federal con la necesaria inclusión de una cámara federal que garantice la autonomía de las entidades federadas.

Asdrúbal Aguiar Aranguren, profesor titular de la Universidad Católica Andrés Bello, profesor titular extraordinario de la Universidad del Salvador de Buenos Aires y profesor visitante del Miami Dade College, se unió al homenaje con un trabajo de investigación intitulado Derecho internacional y gobernanza global post covid-19: el deconstructivismo del derecho y las relaciones internacionales en la era digital, en el cual analiza la particular interacción de los aspectos propios del derecho internacional con los novedosos fenómenos de la era digital para concluir que “Ha de asumirse libre de ataduras dogmáticas, recibirla animados por un espíritu crítico fundado en una clara visión antropológica como eje y premisa para la valoración de todo lo demás, a saber, desde la persona humana y su carácter perfectible, a fin de hacer trazados reconstructivos de los órdenes necesarios y sus garantías esperadas”.

Henrique Meier Echeverria, profesor jubilado de la Universidad Católica Andrés Bello y de la Universidad Metropolitana –de la que también fue Director Fundador–, contribuyó con un valioso aporte sobre la Aproximación al fracaso de la función social del derecho en Venezuela en el que considera que el derecho no puede observarse como un sistema cuyo objeto sea únicamente obtener la admiración de sus destinatarios por formulación estética o sus enunciados lingüísticos. El derecho debe ser un sistema con vocación social y verdaderamente eficaz.

Más adelante figura un trabajo de Luis Alfonso Herrera Orellana, profesor de la Universidad Central de Venezuela, de la Universidad Católica Andrés Bello y de la Universidad Autónoma de Chile, que lleva por título Limitación y control del poder antes de la República: Aproximación al estudio del derecho público hispánico. El muy interesante estudio se refiere a los mecanismos de control de la administración durante la época previa a la independencia de Venezuela mientras estuvo vigente el derecho indiano con la idea de demostrar “(I) que la idea de limitación del poder de la autoridad es anterior a las revoluciones modernas y estaba presente en la tradición jurídica hispánica, (II) que en el derecho hispano e indiano existieron instituciones y técnicas orientadas a la limitación y control del poder, (III) que la adopción por las repúblicas hispanoamericanas del derecho administrativo francés no era indispensable y que ha sido más bien problemática al no ser parte de la tradición jurídica propia, y (IV) que de esa elección institucional se han derivado importantes consecuencias prácticas que afectan hasta el presente la relación entre la Administración y los particulares, para finalizar con algunas reflexiones en torno a la pertinencia de conocer más a fondo el derecho indiano”.

La Dra. Daniela Urosa Maggi, profesora en la Boston College Law School y en la Universidad Católica Andrés Bello, denominó su excelente trabajo Notas sobre el acceso a la justicia para la protección de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales y grupos en situación de vulnerabilidad en el Sistema Interamericano de Derechos Humanos.  En su estudio la profesora Daniela Urosa analiza el derecho de acceso a la justicia dentro del Sistema Interamericano de Derechos Humanos tomando como base la tutela de los Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales desde dos perspectivas: (i) como derecho humano tutelado por la Convención Americana de Derechos Humanos y (ii) desde la perspectiva del acceso a la propia justicia interamericana.

Carlos García Soto, profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, realizó un valioso aporte sobre El bloqueo de la función legislativa y de la función contralora de la Asamblea Nacional por el Tribunal Supremo de Justicia: Una introducción. En su investigación adelanta lo que –en sus palabras– debe ser un caso de estudio para el constitucionalismo comparado, esto es, “cómo desde el máximo tribunal se estableció una política judicial sistemática para bloquear al Parlamento”. Para cerrar esta primera sección, esta mi estudio que decidí titular “Violación al derecho de propiedad desde la revolución bolivariana”, en el que formulo algunas consideraciones sobre la lamentable y regresiva trayectoria del derecho de propiedad desde el año 1999 hasta este momento.

La Sección II de este libro homenaje se titula Organización Administrativa e inicia con un estudio del Dr. José Peña Solís, profesor titular en la Universidad Central de Venezuela y de reconocido prestigio en el área del derecho público, sobre La potestad organizativa de la Administración Pública Nacional Central, en el que desarrolla el tema de la potestad organizativa de la administración a través de un análisis descriptivo y crítico.

El Dr. Allan R. Brewer-Carías, Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, profesor emérito de la Universidad Central de Venezuela y reconocido iuspublicista venezolano y de Iberoamérica, contribuyó a esta obra con un trabajo titulado La transformación de Petróleos de Venezuela S.A.: de la constitución exitosa de una empresa del Estado a su total destrucción institucional posterior. Brewer-Carías recuerda que PDVSA nació “como una empresa comercial cuyo fin era el de generar beneficios económicos empresariales, lo que explica que después de veinte años de operar con tal carácter, en 1994, era catalogada como la segunda mayor empresa petrolera del mundo, y la mayor empresa de cualquier sector de América Latina”. El notable autor narra cómo a partir del año 2002 el Estado venezolano comenzó a tomar el control de PDVSA teniendo como desenlace su propia destrucción institucional.

Seguidamente, el Dr. José Ignacio Hernández, profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, en la Universidad Católica Andrés Bello y profesor invitado en la Universidad Castilla-La Mancha, se refiere a Los contratos de interés público nacional y las empresas del estado: el caso de PDVSA. En su trabajo brinda valiosas reflexiones sobre el interesante caso de PDVSA que por su especial condición de empresa del Estado es una entidad de la administración pública facultada para suscribir contratos de interés público nacional en tanto los objetivos que persigue son también de interés público.

Este razonamiento permite concluir al autor que “los contratos de prenda suscritos por PDVSA en 2016 sobre las acciones de Citgo Holding, Inc., fueron contratos públicos de interés nacional que debieron haber sido autorizados por la Asamblea Nacional, al ser celebrados con corporaciones extranjeras”.

El reconocido profesor Armando Rodríguez García, profesor y director del Centro de Estudios de Postgrado de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas de la Universidad Central de Venezuela, realizó un valioso aporte a esta sección intitulado Algunas particularidades organizativas y funcionariales en las universidades nacionales autónomas. En su trabajo se propone “sistematizar, en un conjunto medianamente ordenado de notas, algunos de los datos que contribuyen a identificar ciertas particularidades de las Universidades Nacionales autónomas, en su cualidad de expresión institucional dentro de la Administración pública venezolana.

Luego Gabriel Sira Santana, profesor en la Especialización de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, formula unas importantes consideraciones sobre Las asociaciones público-privadas en Suramérica. El profesor Sira Santana hace una especial referencia a la necesidad de confianza que debe guiar las relaciones de las asociaciones público privadas señalando que “nos encontramos frente a una asociación entre dos personas –una pública y otra privada– y, como toda asociación, su éxito requerirá que haya confianza recíproca y buena voluntad para lograr los objetivos trazados”.

Finaliza esta sección sobre Organización Administrativa con un trabajo del Dr.  José Araujo Juárez, profesor de postgrado de la Universidad Católica Andrés Bello, intitulado La fundación del Estado. Régimen de derecho público. Control público. En su análisis el profesor José Araujo abarca importantes temas como el régimen de control de tutela y del control público general y se refiere particularmente al régimen de control parlamentario.

La tercera sección de esta obra homenaje contiene estudios sobre Actividad Administrativa y Función Pública e inicia con algunas consideraciones sobre la Constitución económica y el servicio público de contenido económico en Venezuela desarrolladas por la Dra. María Amparo Grau, profesora de derecho administrativo en la Universidad Católica Andrés Bello. El estudio de la Dra. Grau parte de la premisa de que la noción del servicio público “se ha formulado desde la perspectiva orgánica, material, formal, normativa, doctrinaria y jurisprudencial, atendiendo a sus características en sus orígenes y teniendo en cuenta los cambios en su evolución, pero en todo caso dando lugar a una multiplicidad de nociones que abarcan desde el servicio público como actividad de titularidad estatal y con exclusión del sector privado hasta la del servicio público prestado por particulares en ejercicio de su libertad de empresa, bajo la regulación estatal”.  

El profesor Alejandro Canónico Sarabia, profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, comparte algunas notas sobre los Retos de la transparencia y la publicidad en la contratación pública, en las que aborda los mayores desafíos que enfrenta el régimen de contratación pública y pone de manifiesto la necesidad de que “dentro de los procedimientos de compras públicas se cumpla con el principio de transparencia y especialmente con una adecuada publicidad, para garantizar la libre concurrencia, la competencia y la eficiencia en dichos procedimientos”.

La profesora Cosimina Pellegrino Pacera, profesora de pregrado y postgrado en la Universidad Central de Venezuela, también realiza un valioso y original aporte con un estudio titulado Apuntes sobre la eficacia del acto administrativo (utilización de Whats-App como medio de notificación) en el que explica la posibilidad del “uso de una aplicación de mensajería instantánea (Whats-App) como medio utilizado por la Administración pública para comunicar sus decisiones”.

La Dra. Irene Loreto González, profesora de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, realiza una Reflexión sobre las telecomunicaciones en la era digital, una reforma normativa necesaria. La Dra. Loreto examina el “alcance que ha tenido la normativa de telecomunicaciones en Venezuela con vista a ciertas realidades contemporáneas, el vertiginoso movimiento de la tecnología y la paralización en el crecimiento del marco regulatorio”.

Manuel Rojas Pérez, profesor de Derecho Constitucional en la Universidad Central de Venezuela, colaboró con esta obra con un estudio sobre La Carta Iberoamericana de Innovación en la Gestión Pública del CLAD y algunas referencias sobre automatización e inteligencia artificial en la administración pública, en el que continúa con una línea de investigación que ha venido desarrollando y que es, precisamente, “la innovación en el sector público y su implicación en el régimen de los empleados públicos. En su estudio el profesor Rojas Pérez exalta cómo el fenómeno relativo al avance de las tecnologías de la información y la comunicación (TICs) “ha penetrado en todos los ámbitos de la vida y de las relaciones sociales”, por lo que a juicio del autor “no sería comprensible ni admisible que la Administración permaneciese al margen o, simplemente, se quedase retrasada en su implantación, frente a lo que es ya común en la experiencia cotidiana de los individuos y las empresas”.

El profesor Nicolás Badell Benítez, profesor de postgrado de la Universidad Católica Andrés Bello, contribuyó con un estudio sobre la Regulación administrativa de las empresas FinTech.  Especial referencia al derecho venezolano lo que es, como señala el propio autor “un tema novedoso en el derecho comparado y, tanto más, en el venezolano, no solo por lo incipiente de la legislación que lo trata, sino por originarse en el acelerado impacto que ha tenido la tecnología en los mercados financieros durante los últimos años”.

Seguidamente, Rosibel Grisanti de Montero, profesora de la Facultad de Derecho de la Universidad de Carabobo y de la Especialización de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, cierra esta sección sobre Organización Administrativa con un estudio sobre la Función pública y seguridad social en el municipio, en el que busca “determinar cuál es el sentido y alcance de estos regímenes de jubilaciones existentes en la Administración Pública Municipal”, teniendo especialmente en cuenta que la Ley del Estatuto sobre el Régimen de Jubilaciones y Pensiones de los Funcionarios o Empleados de la Administración Pública Nacional, de los Estados y Municipios (1986), no estableció un régimen único en esta materia, sino que dejó en vigencia una serie de regímenes especiales.

La cuarta sección de esta obra homenaje consta de varios estudios sobre la Rama Judicial del poder público. Este apartado comienza con un trabajo del académico José Antonio Muci Borjas, profesor titular de Derecho Administrativo en la Universidad Católica Andrés Bello, titulado Discrecionalidad Judicial. Breve disertación sobre la discrecionalidad de los tribunales de justicia en el ejercicio de la función jurisdiccional. En su estudio el autor examina temas como la discrecionalidad del poder legislativo y ejecutivo, la discrecionalidad de la administración pública y, finalmente, la discrecionalidad judicial.

El profesor Carlos Luis Carrillo Artiles, profesor de Derecho Administrativo en la Universidad Central de Venezuela, miembro del Instituto de Derecho Público de esa  Universidad también realizó un valioso aporte a esta sección que se titula Peculiaridades de la disciplina judicial en el derecho comparado en el que estudia temas como la disciplina judicial, la inexistencia de jerarquía que supedite a instrucciones verticales y lo que ha denominado la “entelequia de jerarquía del órgano ejercitante de la disciplina judicial con respecto al juez disciplinable”, independencia y autonomía judicial, la inamovilidad del juez, la idoneidad del juez, el error judicial inexcusable como causal de reproche disciplinario e incluso el carácter vinculante del precedente de la doctrina jurisprudencial constitucional y su eventual incidencia en la configuración de la responsabilidad disciplinaria judicial.

El cierre de la sección de contribuciones sobre la Rama Judicial corresponde a un trabajo conjunto del Dr. Alejandro Fuenmayor, especialista en derecho de las telecomunicaciones, y del profesor Adolfo Hobaica, especialista en Finanzas Públicas y Derecho Fiscal por la Université de Droit, d’Economie et Sciences Sociales de París, sobre el Conflicto de jurisdicciones. Estados Unidos de Norteamérica y Venezuela. Caso Direct TV. En su estudio los autores explican las vicisitudes que rodearon el conocido “Caso Direct TV” en medio de la delicada situación derivada de la pandemia por COVID-19.

Esta obra en Homenaje al jurista Jesús Caballero Ortiz finaliza con una sección dedicada al estudio de temas sobre Derecho Tributario; el primero de los trabajos de este apartado es un aporte del profesor Gabriel Ruan Santos, Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales y profesor de Derecho Administrativo y de Derecho Tributario en la Universidad Central de Venezuela y en la Universidad Metropolitana, sobre la Situación actual del arbitraje tributario en Venezuela teniendo en consideración que “la figura del arbitraje ha sido siempre poco compatible con el derecho público y el ejercicio de las potestades estatales, tanto en el ámbito interno como en el internacional, porque en el primero ha chocado con el orden público normativo y en el segundo con la soberanía de los Estados y las políticas tributarias, conceptos asumidos como fuertes dogmas jurídicos inspirados en las ideologías estatistas desde la aparición misma de la institución histórica del Estado o como celosas prevenciones”.

El profesor Luis Fraga-Pittaluga, especialista en Derecho Administrativo  y miembro de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario (AVDT), colaboró en esta sección con una investigación sobre La actividad administrativa consultiva de la administración tributaria en la que formula importantes consideraciones acerca de “la actividad consultiva de la Administración Tributaria, desde sus orígenes hasta sus efectos”, advirtiendo que “se trata de una regulación que desborda la simple actividad consultiva interna de la Administración.

Fraga-Pittaluga analiza cómo el fin último de la actividad consultiva de la administración tributaria “es lograr la sistematización, racionalización y difusión de la doctrina tributaria de la Administración, a modo de parámetro indispensable tanto para la propia Administración como, y especialmente, para los contribuyentes, a los fines del oportuno y adecuado cumplimiento de las leyes tributarias”.

Luego, José Gregorio Torrealba, profesor en las especializaciones de Derecho Administrativo y Derecho Mercantil de la Universidad Católica Andrés Bello, examina La definición de “inversión” y el treaty shopping, pasando por las distintas definiciones que a lo largo del tiempo se han formulado sobre el alcance y contenido del término “inversión” además de los requisitos necesarios para que se materialice y reconozca su existencia.

Cierra la sección sobre Derecho Tributario el Dr. Humberto Romero-Muci, Individuo de Número de la Academia de Ciencias Políticas y Sociales, destacado tributarista y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Católica Andrés Bello, quien colaboró con un importante trabajo que intituló La metamorfosis kafkiana de la unidad tributaria y la dolarización de las sanciones tributarias, en el que estudia “la (i) crónica del proceso doloso de desconstitucionalización y desdemocratización del tributo y deslegalización de la UT, (ii) cómo la UT degeneró en una de las muestras más grotescas de manipulación de la tributación como un medio de control social, (iii) las distintas vías de hecho administrativas, normativas y judiciales puestas en pie por el régimen para progresivamente restarle efectividad al medio corrector, exacerbar la presión fiscal y muy particularmente, manipularlo a conveniencia como un medio de intimidación y control político y (iv) las antinomias asociadas a la “dolarización” de las sanciones tributarias, su invalidez ex turpi causa y el despropósito de estas como expresión de un derecho sancionatorio máximo o del enemigo”.

Nos hemos reunido, el Instituto de Derecho Público de la Universidad Central de Venezuela, la Fundación de Estudios de Derecho Administrativo y la Academia de Ciencias Políticas y Sociales para presentar este Libro Homenaje y expresar a nuestro querido profesor Jesús Caballero Ortiz nuestro agradecimiento por sus muy importantes y valiosos aportes a las ciencias jurídicas en Venezuela.

Agradezco especialmente a la Dra. Belén Ramírez Landaeta la invitación que me formuló para acompañarlos en este homenaje tan merecido.

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