Fernando Javier Delgado Rivas
Abogado y Especialista en Derecho Administrativo por la UCV
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23 de octubre de 2026
Con ocasión del terremoto del pasado 24 de junio de 2026, que azotó gravemente a varias zonas del otrora estado Vargas, he venido reflexionando acerca de cómo abordar las graves problemáticas que le siguen a eventos como ese. Ello, desde una perspectiva de las políticas públicas que pudieran ser implementadas en esa localidad, tan importante para Caracas y, por tanto, para todo el país.
Muy desafortunadamente Vargas ha sido víctima en años recientes de graves catástrofes, quizá las peores de nuestra historia. Por eso pienso que merece mucha más atención, que la que se le ha prestado anteriormente. Capaz no pocas veces hemos ignorado que Vargas no es cualquiera otra entidad federal más, sino una muy relacionada con Caracas; eso, en mi opinión, hace que Vargas transcienda en cuanto a su nivel de importancia respecto de los demás estados.
Se trata pues, del intento de aportar algunas ideas muy precarias que, si bien pudieran estar más allá de lo que es nuestra disciplina, no por ello se abstraen por completo de la misma. Antes bien, el derecho administrativo debiera coadyuvar a concebir mejores instituciones y normas, que a su vez sirvan a un más efectivo y adecuado despliegue de la función de gobernar. Esa meta puede alcanzarse no sólo por medio de abstractas teorías, sino también observando lo que sucede en la práctica cotidiana.
Así pues, propongo partir de una premisa que pudiera ser vista en principio como muy disruptiva y hasta aparentemente centralista o contraría con la autonomía local, incluso hasta autoritaria, pero que de todas formas me atrevo a formular: Entender a Vargas bajo una condición de capitalidad y, por tanto, de cierta manera inseparable de Caracas.
I
Del Departamento Vargas del Distrito Federal al Estado “La Guaira”
Desde los tiempos de la colonia, nunca el territorio del litoral central llegó a formar parte de una región separada de Caracas. Realmente, esa localidad cumplió, desde el inicio, al menos con el rol de servir de asiento del puerto que sirve a Caracas y, en consecuencia, como una suerte de puerta de entrada a la capital de la Provincia de Venezuela, que luego pasaría a ser formalmente, la capital de la Capitanía General de Venezuela en 1777.
La condición político-territorial de Vargas permanecería más o menos igual durante los primeros años de la República, hasta que, finalizada la Guerra Federal en 1864, el General Juan Crisóstomo Falcón decidiera, con ocasión de la creación del Distrito Federal, la correlativa creación del Departamento Vargas. Tal denominación se hizo en reivindicación de uno de los muy pocos proceres civiles de los primeros años de nuestra República, a saber, el Dr. José María Vargas, ilustre médico y político nacido en La Guaira el 10 de marzo de 1786.
Sin duda fue un gesto admirable que un militar vencedor de la guerra recién terminada hubiese decidido honrar a ese territorio, con el nombre de un honorable civil que llegó a ser Presidente de la República. Desde aquel momento, los venezolanos comenzarían a conocer ese territorio como Vargas, hasta que el capricho político, lleno de ansias reformistas por el puro reformismo, decidiera en afrenta a ese tan querido prócer suprimir el nombre de Vargas.
Algo importante a considerar, es la circunstancia de que incluso con la instauración de la federación nunca se pensó en separar a Caracas de esas poblaciones del litoral central, es decir de La Guaira, Macuto, Naiguatá, Catia La Mar, entre otras. Y es que —al menos a mi parecer— era bastante lógico o razonable no hacerlo. Como lo dije al inicio, La Guaira con su puerto, y el resto de las poblaciones cercanas (Macuto, Caraballeda, Catia La Mar, Naiguatá, entra otras) realmente formaban parte de un mismo entramado metropolitano con Caracas, aun cuando no pudiese decirse que formaban una misma ciudad, o que ni siquiera existiese una conurbación (geográficamente imposible debido a la separación creada por la Cordillera de la Costa).
No pareció conveniente entonces la creación de un nuevo estado en ese momento. Simplemente se concibió a Vargas dentro de una misma macroestructura urbana (si se me permite el término) contenida dentro del Distrito Federal, dividido en sus dos departamentos, el Departamento Libertador y el Departamento Vargas. Dicha organización en efecto reconocía la existencia de dos conjuntos urbanos separados por la geografía, pero unidos por una condición ineludible que es, en mi opinión, la de su capitalidad.
Tiempo después y con la llegada de las políticas de descentralización en 1989, los estados comenzarían a elegir a sus gobernadores mediante sufragio universal, y lo mismo con los alcaldes en cada municipio. No obstante, respecto del Distrito Federal, la Constitución de 1961 no admitía esa posibilidad.
De momento, la descentralización sólo había permitido elegir a los alcaldes de los municipios Libertador y Vargas. El llamado “gobernador de Caracas” seguía siendo un funcionario totalmente dependiente del poder central. Muy seguramente sería este el germen de lo que luego sería un exitoso movimiento que finalmente lograría, a través de un no poco cuestionado procedimiento legislativo, la creación del Territorio Federal Vargas, y posteriormente del Estado Vargas el 3 de julio de 1998. Por primera vez en la historia, el litoral central se había separado en otra entidad político-territorial distinta a la que acoge también a Caracas. Pero ¿por qué se quiso esto con tanto afán? El argumento principal —entre otros— fue la búsqueda de una mayor autonomía, pensada como condición necesaria para un más eficiente manejo de las necesidades y problemáticas de los pueblos varguenses.
No obstante, luego de transcurridos 28 años cabe preguntarse ¿Era necesaria la creación de un nuevo estado para asegurar esa autonomía local? ¿Sirvió la nueva organización político-territorial para un mejor gobierno? Las respuestas las podríamos encontrar en el precario desarrollo de Vargas de los últimos años.
II
La histórica e inseparable interdependencia entre Caracas y Vargas
¿Qué debe tomarse en cuenta para la creación de municipios, estados, distritos o de cualquier otro tipo de entidad político-territorial? ¿La conurbación? ¿La noción de población local o grupo de poblaciones con características comunes entre ellas? ¿La eficiencia económica? No parece haber una ciencia exacta detrás de ello, aunque sí opiniones doctrinarias de gran valor. Pero en la práctica, la cuestión parece haber estado determinada algunas veces por la pura motivación política y otras, quizá, por pura tradición. Así, desde la época colonial, y aunque —por obvias razones geográficas— Caracas y Vargas nunca llegaron a formar una sola ciudad, sí es innegable que ambos poblados han tenido siempre una relación de interdependencia.
Esa relación ha radicado principalmente en el hecho de que La Guaira y sus poblaciones aledañas han servido como una suerte de puerta de entrada a Caracas, o como su salida al mar; como quiera que se le vea, ambas perspectivas atienden a un mismo sentido. Dicho de otra manera, Vargas ha permitido que Caracas haya podido conformarse como una especie de ciudad costera, aun sin serlo propiamente, siendo ese territorio el asiento del segundo más importante puerto del país, y del principal aeropuerto internacional. No por nada, todas las aerolíneas describen a ese aeropuerto como aquél que “sirve a la ciudad de Caracas”.
Estos hechos hacen casi inseparables a una población de la otra. No se trata simplemente de otra “ciudad dormitorio” más, orbitando a las afueras de Caracas. El territorio varguense es sin duda uno de indispensable importancia estratégica para la capital, a tal punto que el estado y mantenimiento de su infraestructura impacta directamente en Caracas y viceversa. Nada más basta ver cómo la conexión aérea en Caracas se vio restringida, luego de que el pasado terremoto dejara temporalmente inhabilitado al Aeropuerto Internacional Simón Bolívar de Maiquetía.
De manera pues que, no sólo la historia y la relativa cercanía mantienen unidos a ambos centros urbanos, sino también los factores que hemos mencionado, relativos a las conexiones de transporte aéreo y marítimo, lo que obliga a considerar a esos territorios, el del Valle de Caracas y el del litoral central varguense, como una sola región. Y una sola región, con las mismas necesidades generales, interdependencia en infraestructura, y con economías íntimamente relacionadas. En verdad no creo que sea extravagante o inapropiado pensar que las poblaciones varguenses, dependen muchísimo del movimiento económico caraqueño, y no como algo meramente turístico. Así, por ejemplo, la actividad económica en Caracas fácilmente determina el nivel de demanda de trabajo en Vargas.
Todo ello hace pensar en la conveniencia de que ambos territorios estén bajo un mismo gobierno estadal, de tal manera que los servicios, infraestructura y demás prestaciones de eminente carácter público, puedan atender eficaz y eficientemente a esa relación que creemos es innegable y única. Pero ¿y qué de las necesidades, características y condiciones muy particulares de una y otra ciudad? ¿Podría convenir realmente una autoridad que comprenda ambos territorios? ¿O eso más bien entorpecería la necesidad de gobiernos estadales separados que puedan comprender mejor la realidad local?
III
El asunto de la autonomía local
Ante el principal argumento a favor de la creación del estado Vargas, el de una mayor autonomía política, el presidente de la República solicitó en su momento, y con ocasión del proyecto de creación del Territorio Federal Vargas, la opinión de dos destacadísimos abogados, Allan R. Brewer-Carías y Carlos M. Ayala Corao. Dicha opinión arrojó que la autonomía local podía asegurarse con la figura del municipio, algo que de por sí ya existía en el caso del Municipio Vargas (anterior Departamento). De hecho, en ese mismo dictamen se formuló la posibilidad de crear nuevos municipios, concebidos en torno a determinadas poblaciones varguenses como Naiguatá, Macuto u otras. Quizá el único obstáculo que para 1998 seguía limitando la autonomía de Vargas, y la de Caracas también, era la imposibilidad de elegir por medio del sufragio al gobernador del Distrito Federal, mientras que en los otros estados ya eso era una realidad.
Actualmente con la supresión del Distrito Federal, si existiese una entidad político-territorial que abarcase tanto a Vargas como a Caracas, esta necesariamente tendría un gobierno de origen democrático, según lo previsto en el artículo 6 de la Constitución. Al respecto, vale recordar que la desafortunada realidad actual, la de el “Jefe” del Gobierno del Distrito Capital siendo nombrado por el Presidente de la República, no es solamente algo totalmente regresivo, sino además totalmente contrario con la Constitución.
Otro aspecto que habría que considerarse ante la posibilidad de una sola entidad político-territorial sobre Caracas y Vargas, sería el cambio de un solo aporte de situado constitucional que tendría que distribuirse entre ambos territorios, siendo allí la ventaja para Caracas por su superioridad poblacional. Ante ese escollo, una posible solución sería el establecimiento de un subsidio estratégico específicamente dirigido a Vargas, muy similar al aporte por “capitalidad” que ya recibe el Distrito Capital. Eso podría perfectamente ser desarrollado por la legislación, y encontraría además plena justificación no sólo en el evidente valor estratégico de Vargas, sino también en la impostergable necesidad del Estado venezolano de abocarse a la recuperación de poblaciones que se encuentran hoy casi devastadas.
IV
Una planificación y coordinación adecuadas para toda el Área Metropolitana de Caracas: La vital importancia de Vargas.
Una figura poco comentada en temas de la organización administrativa es aquella de la coordinación. Eso muy posiblemente se deba a la dificultad de precisar su concepto. No obstante, podríamos decir que a lo que apunta la coordinación es, en pocas palabras, a un eficaz manejo de competencias concurrentes entre distintos entes, para lo cual resulta muy útil una autoridad coordinadora que pueda planificar y delimitar entre las atribuciones de los distintos entes y, en definitiva, procurar que todo marche lógica y ordenadamente hacía unos mismos fines, en beneficio de los habitantes de un mismo entramado metropolitano. Me parece que la coordinación es clave, ya que ha sido un factor principal en distintas propuestas que se han suscitado, entorno al hecho de las distintas autoridades que aún recaen sobre la Caracas de hoy.
Sobre esta idea es que retomo mi propuesta, que no es otra que tanto Vargas como Caracas vuelvan a pertenecer a una misma entidad político-territorial, lo que sería un estado más de la República, con la única condición diferenciadora de ser uno que ostentaría la categoría de capitalidad. Esa condición vendría dada primeramente por contener dentro de esa entidad propuesta, al fenómeno urbano de la conurbación del Valle de Caracas, pero también a las localidades de Vargas que le sirven a la capital de puerto marítimo, aeropuerto internacional, y además como alternativa en cuanto la posibilidad de un verdadero desarrollo urbano-habitacional en el futuro, que sirva de alivio al ya limitado espacio geográfico de Caracas.
No sería entonces Vargas una población anexa y dependiente del poder en Caracas, sino parte esencial e integrante de la misma. Se trataría de dos fenómenos urbanos —Caracas y Vargas— interdependientes entre sí y que, bajo una misma autoridad coordinadora respecto de ambos, puedan apuntar a una misma planificación de políticas públicas de desarrollo que no se entorpezcan o contradigan las unas con las otras, sino que, muy por el contrario, alcancen una armonía en total consonancia con esa conciencia compartida de la condición de capitalidad.
De más está decir, que ello no pudiera ser concebido sin unas autoridades de origen totalmente democrático-representativo. De manera pues que, una de las primeras tareas es la derogatoria por completo del actual sistema centralista, autoritario, ineficaz y profundamente antidemocrático —amén de inconstitucional— que impera como Gobierno del Distrito Capital, en el que su máxima autoridad es aún designada por el Presidente de la República. En efecto, lo que rige actualmente en esa entidad sí resulta una verdadera regresión en nuestra historia republicana, porque atenta contra todos los valores históricos imaginables, desde los democrático-republicanos, hasta los federalistas.
A manera de cierre y sin perjuicio de las ideas aquí expresadas, insistimos que, se tratan estas líneas de una ocurrencia inicial sujeta a cualquier observación y crítica. Si en el peor de los casos (para quien escribe) ésta muy cruda propuesta no llegase sino a encontrar rechazo, pues sólo me conformaría con que al menos sí ayudase a promover el inicio de un debate que, partiendo del derecho administrativo y de la política en general, genere otras ideas para una mejor organización político-administrativa de Vargas. En fin, todo lo que sea pensado en favor de la mejoría de estos territorios recientemente tan golpeados por los destructivos eventos del pasado 24 de junio, debiera ser de la máxima prioridad de todos en este momento.
Notas
i https://elestimulo.com/venezuela/2019-06-06/estado-vargas-cambio-de-nombre-a-la-guaira/
ii Concepto o cualidad que hace referencia a un fenómeno que trasciende lo meramente jurídico y que “(…) se construye a partir de una expresión urbanística básica cual es la existencia de una Ciudad, esto es, un centro urbano que, pudiendo ser de rango, escala o magnitud urbanísticamente diversa (pueblo, aldea, ciudad, caserío) representa, en todo caso, la condición de cabeza o población principal dentro de una determinada zona geográfica, región, estado, comarca, provincia, departamento o distrito.” Armando Rodríguez García, “La capitalidad de Caracas: El hecho urbano como categoría jurídico-política” en 100 años de la enseñanza del Derecho Administrativo en Venezuela 1909-2009 Tomo II. Ediciones FUNEDA, Caracas, 2011. p. 653.
iii Como se le conocía al gobernador del Distrito Federal, antes de su supresión con la Constitución de 1999.
iv Al respecto véase: Hildegard Rondón de Sansó, “De la creación del territorio Vargas y su conversión en Estado: a la búsqueda de las motivaciones de la actuación legislativa” en Revista de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas, N° 112. Universidad Central de Venezuela, Caracas, 1999. p.p. 165-191.
v En efecto, de la Exposición de Motivos del Proyecto de Ley Orgánica que crea el Territorio Federal José María Vargas, encontramos razones como la que sigue: “ 1.Que, desde hace varias décadas, los sectores representativos de la comunidad del Municipio Vargas, han reclamado la necesidad de mayor autonomía y de mecanismos que garanticen la participación y representatividad política de sus habitantes, en los asuntos y problemas que le son propios; (…)” citado por Hildegard Rondón de Sansó “De la creación del territorio Vargas y su conversión en Estado: a la búsqueda de las motivaciones de la actuación legislativa”, ob. cit., p. 167.
vi Al respecto véase: Gustavo Urdaneta Troconis, La idea de municipio en Venezuela. El arduo tránsito del municipio territorial al municipio colectividad Colección Compactos N° 5, Fundación Estudios de Derecho Administrativo (FUNEDA) y Centro para la Integración y el Derecho Público (CIDEP), Caracas, 2020.
viii Hildegard Rondón de Sansó “De la creación del territorio Vargas y su conversión en Estado: a la búsqueda de las motivaciones de la actuación legislativa”, ob. cit., p. 174.
ix Ídem, p. 179.
x No pocos autores han dejado de resaltar, y con toda razón, la grave inconstitucionalidad de esa circunstancia. Al respecto véanse los trabajos publicados en Leyes sobre Distrito Capital y del Área Metropolitana de Caracas, Colección Textos Legislativos N° 45, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas, 2009.
xi Señala el reputado autor José Araujo-Juárez que, según parte de la doctrina la coordinación “(…) supone el poder (potestas coordinandi) y medios conferidos por el Derecho para orientar un determinado comportamiento en forma decisoria. José Araujo-Juárez Derecho Administrativo General Admiración Pública, Ediciones Paredes, Caracas, 2011. p. 51.
xii En efecto, uno de los antecedentes de esta discusión se refería precisamente a un “intento de coordinación” representado por el Reglamento Parcial N° 6 de la Ley Orgánica de Descentralización, Delimitación y Transferencia de Competencias del Poder Público sobre el Consejo de Gobierno del Área Metropolitana de Caracas, ya que “Con ese mecanismo se pretendió coordinar las actividades nacionales, estadales y municipales que se desarrollaban en la Gran Caracas, en la que se incluía, además, el Municipio Vargas, que entonces pertenecía al Distrito Federal (…)” Manuel Rachadell “El intento fallido de coordinar el área metropolitana de Caracas” en Leyes sobre Distrito Capital y del Área Metropolitana de Caracas, Colección Textos Legislativos N° 45, Editorial Jurídica Venezolana, Caracas, 2009. p. 45.